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Aplicación de la Resolución Ministerial Nº 0132-2007-ED

 

Aprueban "Lineamientos para el Proceso de Evaluación de Plazas estrictamente necesarias en las Instituciones de Educación Superior No Universitaria Públicas".

 

 

Miembros de la Comisión de Evaluación de Plazas necesarias (CEPEN) de la Escuela Nacional Superior de Folklore José María Arguedas:

 

Directora General: Mg. Milly Ahón Olguín.

 

Director Académico: Dr. Roel Tarazona Padilla.

 

Representantes del Personal Docente:

Prof. Hipólito Angulo Eufracio.

Prof. Eduardo Fiestas Peredo.

 

Representante del Personal Administrativo:

Rosario Farro Isique.

 

Representante del Consejo Estudiantil:

Fabio Arana J.

 

 

Vista la propuesta formulada por el Círculo de Mejora de la Calidad del Gasto:

 

Que, el artículo 89º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que los órganos correspondientes efectuarán la evaluación del gasto y de los ingresos en función de los objetivos y metas logradas por las instituciones Educativas.

 

 

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 0132-2007-ED

 

Vista la propuesa formulada por el Círculo de mejora de la Calidad del Gasto;

 

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 89º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que los órganos correspondientes efectuarán la evaluación del gasto y de los ingresos en función de los objetivos y metas logradas por las Instituciones Educativas. La evaluación será previa, concurrente y posterior para garantizar el manejo transparente de los recursos;

 

Que, de acuerdo con el artículo 90º de la precitada Ley la eficiencia en el gasto en educación conlleva, entre otros, la adecuada racionalización de los recursos humanos que implica su ubicación y su distribución en el territorio nacional conforme a las necesidades del servicio educativo;

 

Que, la Vigésima Sétima Disposición Final de la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, autoriza al Ministerio de Educación, a través del Círculo de Mejora de la Calidad del Gasto, a desarrollar durante el año 2007 acciones de evaluación de los requerimientos de plaza docente y administrativos en las Unidades de Gestión Educativa Local - UGEL del Sector Educación, a fín de garantizar la correcta ejecución del gasto y la atención del servicio educativo con disponibilidad de plazas estrictamente necesarias;

 

Que, asímismo la precipitada Disposición Final dispone la evaluación de plazas estrictamente necesarias en las instituciones de Educación Superior No Universitaria Pública a nivel nacional, con la finalidad de mejorar el servicio educativo en dichas instituciones;

 

Que, el Círculo de Mejora de la Calidad del Gasto ha formulado los "Lineamientos para el Proceso de Evaluación de Plazas estrictamente necesarias en las Instituciones de Educación Superior No Universitaria Públicas", por lo que resulta necesaria su aprobación;

 

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, las Leyes Nºs. 28044 y 28927, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED.

 

SE RESUELVE:

 

Artículo Único.- Aprobar los "Lineamientos para el Proceso de Evaluación de Plazas estrictamente necesarias en las Instituciones de Educación Superior No Universitaria Públicas", que forman de la presente resolución.

 

 

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO

Ministro de Educación

 

 

 

"LINEAMIENTOS PARA EL PROCESO DE EVALUACIÓN DE PLAZAS ESTRICTAMENTE NECESARIAS EN LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR NO UNIVERSITARIA PÚBLICA".

 

 

FINALIDAD:

Establecer Normas y Procedimientos para evaluar las plazas en las Instituciones Educativas Públicas, buscando mejorar la calidad y equidad de los servicios educativos de conformidad con la ley 28927, ley del Presupuesto del Sector Público para el año 2007.

 

OBJETIVOS:

- Determinar criterios y pautas para el proceso de evaluación de las plazas estrictamente necesariamente para la atención  del servicio educativo en las Instituciones Educativas, teniendo en cuenta la realidad geográfica, socio-económica y demográfica.
- Garantizar la óptima distribución y asignación de plazas presupuestadas en función a la real necesidad del servicio educativo.
- Contribuir a la formulación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) 2007, de las instituciones educativas, con criterios técnicos que posibiliten que dichas instituciones cuenten con las plazas estrictamente necesarias para brindar un servicio educativo de calidad.

 

DISPOSICIONES GENERALES:

- El proceso de evaluación de plazas tiene carácter obligatorio conforme a la ley 28927, ley del Presupuesto del Sector Público para el año 2007, y estará bajo la conducción, supervisión y monitoreo del Círculo de Mejora de la Calidad del Gasto, del Ministerio de Educación.
Dicho proceso permitirá equilibrar la oferta y demanda educativa con criterio de flexibilidad en función a la realidad socioeconómica, geográfica y de infraestructura así como formular el Presupuesto Analítico de Personal para el año 2007, con las plazas necesarias para la atención del servicio educativo en las instituciones educativas.
- Este proceso se desarrollará en las diferentes instancias de gestión educativa descentralizada para lo cual se conformarán comisiones en cada una de ellas con responsabilidades diversas.

 

DISPOSICIONES ESPECÍFICAS:

De las Comisiones de Evaluación de Plazas
- El proceso de evaluación de plazas estará a cargo de la respectiva Comisión de Evaluación de Plazas Estrictamente Necesarias en las instituciones educativas que en adelante se denominará CEPEN, así como la Comisión de Evaluación de Plazas de la Dirección Regional de Educación que en adelante se denominará CEPENDRE.

 

De la CEPEN
- La CEPEN de las instituciones educativas estará integrada por: Director General, Director Académico, dos representantes del personal docente, un representante del personal administrativo.
- Funciones de la CEPEN:
Evaluar las plazas asignadas en la institución educativa en función al número de secciones, carreras, turnos y a las metas de ingresantes aprobadas para el año 2007, de acuerdo a lo establecido en la presente norma.
Evaluar la situación laboral del personal docente y administrativo, de acuerdo a los lineamientos establecidos en la presente norma. En caso que el número de plazas sea mayor a las estrictamente necesarias para atender el servicio educativo, se determinarán las que resulten excedentes y declararán como tales.
Formular en base a los resultados de la evaluación realizada por el CEPEN, el cuadro nominal del personal docente y/o administrativo excedente en la institución educativa, detallando nombres, apellidos, código de plaza, cargo, nivel, especialidad, jornada laboral y turno.
Publicar los resultados de la evaluación de plazas, dando un plazo de 72 horas para que el servidor presente su reclamo debidamente sustentado, el que será absuelto en el término de 48 horas.
Elaborar y elevar a la Dirección Regional de Educación el Cuadro de requerimiento de plazas, indicando el cargo, especialidad y la jornada laboral, con el respectivo informe técnico que lo sustente, en los casos que, como resultado de la evaluación efectuada, se determine la necesidad de plazas para asegurar el normal funcionamiento del servicio educativo.
Elevar a la Dirección Regional de Educación correspondiente, bajo responsabilidad, el informe final y la relación de plazas necesarias o excedentes según sea el caso, en un plazo no mayor de 72 horas de culminado el Proceso de evaluación de Plazas.

 

 

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